Obligatorio desde 07/03/2022RD 901/2020 · RD 902/2020

Plan de igualdad y registro retributivo, llave en mano.

Si tu empresa tiene 50 o mas personas trabajadoras, la ley te obliga a tener un plan de igualdad negociado e inscrito en REGCON, mas el registro retributivo del RD 902/2020. Lo hacemos por ti: diagnostico, auditoria retributiva, medidas, inscripcion y seguimiento.

225.018
Sancion maxima LISOS
50+
Personas = obligatorio
48 h
Arrancamos el proyecto
Riesgo legal · Inspeccion de Trabajo
Hasta 225.018 €

Infraccion muy grave en grado maximo (LISOS, RD Leg. 5/2000). A la multa se suman la perdida de bonificaciones y ayudas y la posible exclusion de la contratacion publica.

REGCONInscripcion incluida

Un plan sin inscribir en REGCON cuenta como no presentado. Nosotros lo dejamos negociado, registrado y defendible ante una inspeccion.

A quien obliga la ley

Comprueba en 30 segundos si tu empresa esta obligada

La obligacion nace del articulo 45 de la Ley Organica 3/2007, reformado por el RD-ley 6/2019 y desarrollado por el RD 901/2020. Si encajas en cualquiera de estos supuestos, la inspeccion puede exigirte el plan.

Empresas de 50 o mas personas

Toda empresa con 50 o mas personas trabajadoras esta obligada a tener plan de igualdad desde el 7 de marzo de 2022. El computo incluye plantilla fija, temporal y fija-discontinua.

Por convenio o acuerdo

Empresas obligadas por su convenio colectivo en los terminos que este establezca, con independencia de su tamano.

Por sustitucion de sancion

Empresas a las que la autoridad laboral haya impuesto un plan de igualdad como medida sustitutiva de la sancion accesoria.

Registro retributivo: todas

El registro retributivo del RD 902/2020 es obligatorio para TODA empresa, sin umbral de plantilla. La auditoria retributiva se exige a las empresas con plan de igualdad obligatorio.

"Las empresas estan obligadas a respetar la igualdad de trato y de oportunidades en el ambito laboral y, con esta finalidad, deberan adoptar medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminacion laboral entre mujeres y hombres."
Art. 45.1 Ley Organica 3/2007, de 22 de marzo · BOE-A-2007-6115

Que incluye el servicio

Todo el ciclo legal, de principio a fin

El plan de igualdad y el registro retributivo no son un PDF: son un proceso negociado con fases y plazos que la ley detalla. Nos ocupamos de cada una.

Diagnostico de situacion

Analisis de la situacion de la empresa en seleccion, clasificacion profesional, formacion, promocion, condiciones de trabajo, corresponsabilidad y prevencion del acoso sexual. La base del plan exigida por el RD 901/2020.

Auditoria retributiva

Auditoria retributiva con evaluacion de puestos de trabajo y analisis de la brecha salarial conforme al RD 902/2020. Detectamos diferencias injustificadas y proponemos medidas correctoras documentadas.

Medidas y registro retributivo

Diseno de las medidas de igualdad con objetivos, plazos e indicadores, y elaboracion del registro retributivo con la media y mediana de salarios desagregadas por sexo y grupo profesional.

Inscripcion y seguimiento

Negociacion con la representacion legal, redaccion del plan y inscripcion en REGCON. Comision de seguimiento y evaluacion periodica para mantener el plan vigente y conforme a la ley.

Como trabajamos

Cuatro fases hasta dejarlo inscrito

Comision negociadora

Constitucion de la comision con la representacion legal de las personas trabajadoras, requisito previo del RD 901/2020.

Diagnostico + auditoria

Recogida de datos, diagnostico de situacion y auditoria retributiva con valoracion de puestos.

Medidas y registro

Acordamos las medidas, plazos e indicadores y elaboramos el registro retributivo de la empresa.

REGCON + seguimiento

Inscripcion del plan en el registro publico (REGCON) y comision de seguimiento periodica.


Pareja natural

Plan de igualdad + transparencia retributiva, en un solo proyecto

El registro y la auditoria retributiva del RD 902/2020 comparten datos y metodologia con el plan de igualdad. Hacerlos juntos evita duplicar trabajo y te deja preparado para la transparencia retributiva que llega con la Directiva (UE) 2023/970.

  • Valoracion de puestos con criterios objetivos y neutros
  • Registro retributivo con media y mediana por sexo y grupo
  • Analisis de brecha salarial y medidas correctoras
  • Justificacion documentada de diferencias superiores al 25%
Preguntas frecuentes

Lo que toda empresa pregunta

Desde el 7 de marzo de 2022 estan obligadas todas las empresas con 50 o mas personas trabajadoras (RD 901/2020, que desarrolla la Ley Organica 3/2007 reformada por el RD-ley 6/2019). Tambien las obligadas por su convenio colectivo y aquellas a las que la autoridad laboral imponga el plan como medida sustitutiva de una sancion. Para el computo se cuenta la plantilla total, incluida la temporal y la fija-discontinua.
Son dos obligaciones distintas pero complementarias. El plan de igualdad (RD 901/2020) es un conjunto ordenado de medidas para alcanzar la igualdad de trato y oportunidades y se inscribe en REGCON; lo deben tener las empresas de 50 o mas. El registro retributivo (RD 902/2020) recoge la media y la mediana de salarios desagregadas por sexo y grupo profesional y es obligatorio para TODAS las empresas, tengan o no plan de igualdad. La auditoria retributiva se exige a las empresas que estan obligadas a tener plan.
Se aplica el regimen de la LISOS (texto refundido aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2000). No elaborar o no aplicar el plan de igualdad cuando es obligatorio, o incumplir el registro retributivo, puede tipificarse como infraccion grave o muy grave. En su grado maximo las infracciones muy graves alcanzan los 225.018 EUR. A la multa se anaden consecuencias accesorias: perdida automatica de ayudas, bonificaciones y beneficios derivados de programas de empleo, y la posibilidad de quedar excluida de la contratacion con el sector publico.
REGCON es el Registro y deposito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad (regulado por el RD 713/2010, modificado por el propio RD 901/2020). La inscripcion del plan de igualdad en REGCON es obligatoria: un plan no registrado se considera no presentado a efectos de cumplimiento y deja a la empresa expuesta a sancion en una inspeccion de trabajo.
Si. El RD 901/2020 exige negociar el plan en el seno de una comision negociadora con la representacion legal de las personas trabajadoras. Si no existe representacion, se constituye una comision con los sindicatos mas representativos del sector. El diagnostico, las medidas y el seguimiento se acuerdan en esa comision; no es un documento que la empresa pueda aprobar unilateralmente.
El plazo depende del tamano de la plantilla y de la disponibilidad de la representacion legal para negociar, pero un proyecto tipo se cierra en torno a 6-10 semanas: arrancamos en 48 horas con la constitucion de la comision y la recogida de datos, entregamos diagnostico y auditoria retributiva, acordamos las medidas y gestionamos la inscripcion en REGCON. Te acompanamos despues con la comision de seguimiento.

Empieza hoy

Diagnostico gratuito de tu obligacion legal

Te decimos sin coste si tu empresa esta obligada, en que situacion estas y que necesitas para cumplir el RD 901/2020 y el RD 902/2020. Si decides avanzar, lo dejamos negociado e inscrito en REGCON.

  • Respuesta en 24 horas, sin compromiso
  • Especialistas en igualdad y derecho laboral
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